Esto no funciona así: «De los impuestos ya se encarga mi gestoría; yo no tengo que mirar nada»

Esto no funciona así: «De los impuestos ya se encarga mi gestoría; yo no tengo que mirar nada»

Tu asesor prepara, calcula y presenta. Pero hay cosas que solo tú puedes hacer:

  • Entregar la información completa y a tiempo.
  • Avisar de los cambios: nueva actividad, local, socios, inversiones…
  • Revisar y aprobar antes de presentar.
  • Mantener tesorería para los pagos.

Y un dato que conviene no olvidar: ante Hacienda, el obligado tributario es siempre el contribuyente, aunque la declaración la presente su asesor.

La diferencia entre «que me lo hagan» y «trabajar con mi asesor» se nota en los resultados… y en los sustos evitados.

En AP Asesores preferimos clientes informados: entienden sus números y deciden mejor.

Normativa: arts. 35 y 46 de la Ley 58/2003, General Tributaria (obligados tributarios y representación).

AP Asesores, más de 30 años ofreciendo asesoramiento fiscal, contable, laboral y mercantil con un servicio integral, cercano y de confianza.

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