Nueva obligación: Libros de IVA online
Publicado el 01/11/15
La Agencia Tributaria obligará a cerca de 62.000 contribuyentes a llevar los libros obligatorios de IVA telemáticamente en la web de Hacienda a partir del 1 de enero de 2017.
Las empresas obligadas tendrán 4 días para enviar a Hacienda la información correspondiente a las facturas emitidas y recibidas.
El sistema ha sido bautizado como SSI (Suministro Inmediato de Información).
Los obligados serán las grandes empresas, los grupos fiscales de IVA y las empresas inscritas a la devolución mensual, en resumen, las obligadas actualmente a la presentación del modelo 340 mensual.
Lo que la Agencia Tributaria ofrece a cambio es un periodo adicional de diez días para presentar las declaraciones de IVA.
Para que los contribuyentes tengan tiempo suficiente para implementar los sistemas informáticos que permitan tal obligación, la norma entrará en vigor el 1 de enero de 2017.
Este cambio supone una carga de trabajo extraordinariamente mayor de la actual, que afectará negativamente principalmente a las pymes que solicitan devolución mensual. Éstas deberán analizar los costes de implementar sus sistemas informáticos y el personal administrativo y compararlos con la opción de renunciar a la devolución mensual de IVA y buscar financiación en las entidades bancarias.
Definitivamente nos acercamos poco a poco a que Hacienda nos lleve directamente nuestra contabilidad.
20_10_2014_NP_Modernizacion_IVA
Mejoras para autónomos. Ley 31/2015
Publicado el 26/10/15
- 1. TARIFA PLANA.
- Los nuevos autónomos podrán tener una cuota fija de 50 euros al mes durante los primeros seis meses, con un sistema de bonificaciones progresivas.
También podrán solicitarla los autónomos que contraten trabajadores.
- 2. CAPITALIZACIÓN DEL PARO.
- Ya no hay límite de edad para pedir el 100% de la prestación por desempleo en un pago único con el que financiar la puesta en marcha de un negocio.
- 3. ALTA EN AUTÓNOMOS Y SEGUIR COBRANDO EL PARO.
- Es posible darse de alta en autónomos mientras se sigue cobrando el paro, durante un máximo de 9 meses.
- 4. SEGUNDA OPORTUNIDAD.
- Si un trabajador que está cobrando el paro se da de alta en autónomos, podrá pedir que se le guarde el paro que tenga pendiente y recuperarlo hasta 5 años después, si se ve obligado a darse de baja porque su negocio no sale adelante.
- 5. OTRAS NOVEDADES.
- Nuevas reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Incentivos en la afiliación de familiares colaboradores. Más derechos para los TRADE..